miércoles, 10 de julio de 2013

CONSTITUCIÓN NACIONAL
ARTÍCULO 14 BIS:  "El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador...jornada limitada; descanso y vacaciones..."


¡QUE TENGAN UNAS MUY FELICES VACACIONES! Y NOS VEMOS A LA VUELTA!



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