DERECHO DE FONDO Y DERECHO DE FORMA
INTRODUCCIÓN
La
necesidad del ser humano y de la sociedad en general es lo que ha logrado que
se tenga un Derecho Procesal así como un Derecho de fondo ; debido a la
evolución de la sociedad y es por eso que se necesita tener cuerpos legales e
instrumentos para poder llevar a cabo una buena administración e impartición de
justicia.
DIFERENCIAS
El
derecho procesal o derecho de formaregula la forma general y el orden exterior
de las actividades que deben cumplirse dentro de los órganos judiciales;
constituye el conjunto de normas y principios que regulan las relaciones
jurídicas, poniendo en ejercicio la actividad judicial, comprendiendo las
"leyes procedimentales y de enjuiciamiento".
El derecho de fondo constituye el conjunto de leyes, acuerdos, normas, etc. vigentes que regulan las relaciones jurídicas, es decir “es el derecho en el fondo de las leyes”.
El derecho de fondo constituye el conjunto de leyes, acuerdos, normas, etc. vigentes que regulan las relaciones jurídicas, es decir “es el derecho en el fondo de las leyes”.
Dicho
en otras palabras, el derecho sustantivo o de fondo, consiste en el conjunto de
normas jurídicas de diverso linaje que establece los derechos y obligaciones de
las personas.
Este
derecho es el que se encuentra contenido en normas de contenido sustantivo,
como el Código Civil, o el Código Penal. El derecho sustantivo establece
derechos u obligaciones o establece sanciones.
El derecho de fondo o sustantivo es el que regula el deber ser, el que impone los comportamientos que deben seguir los individuos en la sociedad.
El derecho de fondo o sustantivo es el que regula el deber ser, el que impone los comportamientos que deben seguir los individuos en la sociedad.
Por ejemplo, la norma según la cual aquel que
cause un daño a otro, debe repararlo, es una típica norma de derecho de fondo.
Mientras que un ejemplo de norma procesal
sería: …”Habrá un plazo de 10 días para
presentarse como denunciante en tal o cual hecho delictivo”…
Es decir, normas que fijan el procedimiento
que se ha de seguir para obtener la actuación del derecho positivo en los casos
concretos.
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